En el marco de la cooperación que el equipo de la "Brújula" sostiene con el municipio de Luján, se continúa desarrollando el proyecto "Plan y Código Urbano-Territorial del Municipio de Lujan", firmado por convenio UBATEC- Consejo Federal de Inversiones. Luego de realizarse un diagnóstico exhaustivo de las tendencias de crecimiento urbano, déficit habitacional y potencialidades productivas, y llevadas a cabo actividades participativas con distintos actores sociales, se plantea el lanzamiento del Plan Estratégico, un documento clave de soporte para justificar la actualización del Código de Ordenamiento Urbano (COU) del Municipio.
En publicaciones previas se presentaron las evidencias recogidas a través de información secundaria y relevamiento de terrenos, a las cuales se complementa presentando una síntesis de los lineamientos y directrices elaborados y que sirven de fundamento conceptual para el ajuste del COU.
Los vecinos pueden expresar sus opiniones a través del siguiente Link a la encuesta de vecinos
A su vez, se solicita a aquellos vecinos interesados en participar en el evento del 9 de Diciembre a las 19hs en el Museo De Bellas Artes de Lujan a inscribirse en el siguiente Link para inscribirse al encuentro del 9 de Diciembre
A continuación se lista en forma sintética los lineamientos y directrices propuestas
Lineamientos y
Directrices del Plan Estratégico para el Municipio de Lujan
Objetivos
Los objetivos de los
lineamientos del plan estratégico intentan orientar el ajuste al Código de
Ordenamiento Urbano (COU) del municipio de Lujan a partir de pautas de desarrollo
urbano que surgen del dialogo y consenso con los distintos actores sociales
representativos de los distintos sectores y territorios del municipio.
Lineamientos y
directrices
1). Planear el
desarrollo urbano a partir del completamiento de trama y extensión de redes
viales jerarquizadas favoreciendo la disponibilidad de suelo urbanizable y
volumen construible.
Directrices:
D1.1) Para este lineamiento se
proponen dos acciones: a) La propuesta de caminos rurales estratégicos cuya
rehabilitación y pavimentación permitan recuperar la conectividad y promoción
de la ciudad de Luján con sus localidades definiendo polígonos actualmente
zonificados como ACRE (en sus distintas variantes) para su rezonificación. b) la
identificación de polígonos específicos re-zonificados en los que se permita el
desarrollo de nuevos proyectos inmobiliarios dirigidos a ampliar la oferta de
suelo disponible y de esta manera reducir costos de urbanización.
2. 2) Contener la
expansión urbana incentivando la compacidad de la ciudad cabecera y las localidades,
evitando la conurbación entre sí y con respecto a los municipios colindantes
metropolitanos.
Directrices:
D.2.1). Este lineamiento es
complementario del anterior y para ello se plantean como directrices: a)
Re-zonificar las zonas urbanas de la ciudad cabecera y las áreas centrales de
las localidades permitiendo indicadores de mayor densidad de modo de tender
hacia desarrollos urbanos más compactos; b) Zonificar las parcelas que separan
localidades de ciudad cabecera y de esta con el municipio de General Rodriguez
utilizando grandes predios de valor patrimonial como parques públicos
accesibles y apropiables por la población, previniendo así su posible
enajenación.
Directrices:
D.3) Este lineamiento se busca
lograr a través de las siguientes acciones: a) Definir bicisendas en todo el
territorio municipal sirviendo como elemento estructurante de conectividad
entre la ciudad cabecera y sus localidades, jerarquizado a partir de su definición
física. b) Rever la red de transporte público colectivo y su relación con el
ferrocarril, poniendo en valor las paradas y estaciones. c) Reordenar el
tránsito vehicular utilizando la trama vial para reducir los actuales
congestionamientos en horas picos. d) Estudiar y proponer atajos y by-pass
especiales para periodos de altos números de visitantes (procesión y períodos
turísticos), de modo de permitir el funcionamiento normal de la ciudad.
4) Proteger los recursos naturales a través de su manejo sustentable, utilizando el curso del río Luján y sus arroyos como estructurador del territorio.
Directrices:
D.4) Dicho lineamiento incluye
varias acciones: a) Rezonificar las zonas aledañas al río Lujan de modo de
impedir cualquier tipo de construcción, estimulando usos recreativos y
comunitarios relacionados con dicho ecosistema. b) Definir responsabilidades
relacionadas con la limpieza de ríos y arroyos y adecuado funcionamiento de la
cuenca hídrica. c) Definir áreas específicas de protección de ecosistemas naturales
aplicando normatividad apropiada de la provincia de Buenos Aires.
5.
Directrices.
D.5) Las acciones previstas apuntan a que los grandes predios históricos del estado no deben ser usados para loteos, contemplando: a) Inventariar los edificios y predios de valor patrimonial en un registro especial del municipio, ampliando la zonificación de área de protección histórica, documentando los motivos de su declaración. b) Inventariar recorridos y zonas especiales que sin llegar a zonificarse puedan utilizarse como fundamento para el desarrollo de planes sectoriales especiales, como el caso del territorio del antiguo Cabildo de Lujan.
6. 6) Proveer de
infraestructura de agua, saneamiento, energías limpias y redes de conexión
digital de acuerdo a la jerarquía del sistema urbano municipal.
Directrices
D.6) Las directrices previstas
plantean: a) Definir áreas con cobertura de servicios completa que permitan una
rezonificación con indicadores urbanísticos de mayor densidad; b) Vincular la
ciudad cabecera de Lujan y sus localidades a través de un sistema digital que
favorezca la conectividad. c) Asegurar cobertura de energía limpia
especialmente para sostener la actividad industrial favoreciendo su integración
en el mismo territorio evitando actividades molestas e irrupción estética
inconveniente.
7) Generar una oferta de servicios y espacios públicos que fortalezca las identidades, el bienestar local y evite el desplazamiento poblacional.
Directrices
D.7) Se plantean como
directrices: a) Inventariar los espacios públicos existentes y potenciales a
partir del indicador de asegurar los 12 metros cuadrados de espacio verde por
habitante establecido por la OMS. B) Inventariar servicios sociales (escuelas,
centros de salud, seguridad, etc.) a partir de la pauta de proveer de servicios
a toda la población a no más de un kilómetro de su domicilio.
8. 8) Estimular el
desarrollo de eco-parques industriales emplazados estratégicamente con respecto
a las vialidades, la movilidad y las redes de infraestructura.
Directrices
D.8) Se proponen como
directrices: a) Rever indicadores de parques industriales introduciendo medidas
de eco-eficiencia de modo de promover la utilización efectiva de la
infraestructura existente; b) Normar adecuadamente en zonas residenciales la
utilización de tejidos mixtos, regulando aquellas actividades no permitidas previniendo
actividades generadoras de molestias solo permitidas en eco-parques, c) Crear
incentivos a la empresas para utilizar energías alternativas y reciclar todos
sus derechos a través de la generación de cadenas de valor articulando con
otros sectores productivos.
9. 9) Promover
nuevos esquemas de progreso a partir de la inversión y el ordenamiento de la
ruralidad, explotando su capacidad de generación de riqueza y cultura.
Directrices
D.9) Se plantean tres
directrices sobre este tema: a) Re-zonificar lo espacios rurales a partir de
una lógica de agricultura intensiva permitiendo instalaciones apropiadas para
tal fin; b) Identificar recorridos y lugares rurales apropiados para el turismo
generando la infraestructura y normatividad idónea para regular dicha actividad
complementariamente de la actividad rural en sus distintos gradientes,
intensiva, mixta y extensiva. C) Posibilitar el asentamiento de viviendas
dirigidas a poblaciones que viven en condiciones rurales asegurando estándares
de acceso a servicios públicos adecuados a través de medios.
10) Simplificar la zonificación de ordenamiento de usos de suelo de modo que sea fácilmente comprensible y respetada socialmente
Directrices
D.10) Para tal fin se plantean
dos acciones complementarias: a) Definir seis zonas básicas de ordenamiento:
Urbana, rural, industrial, de equipamientos urbanos (parques, plazas, terminal
de ómnibus, trenes, talleres y servicios asociados), infraestructuras
especiales (central eléctrica, lugar de bombeo, rellenos sanitarios, etc), y de
protección histórica o ambiental, dentro de las cuales si bien quepan sub-zonas
apropiadas, tales como comerciales dentro de la urbana, las mismas no contradigan
el sentido del indicador aplicado por zona; b) Establecer un registro de
proyectos con permisos de usos otorgados según normas anteriores a considerar de
modo de operacionalizar la directriz anterior sin afectar derechos adquiridos
11. 11) Establecer mecanismos
generadores de seguridad en la tenencia de suelo a partir de la mayor
regulación y control de la subdivisión del suelo, estableciendo tamaño de
parcelas admitidas por zonas
Directrices
D11) Para lograr este
lineamiento se prevé las siguientes directrices: a) Establecer las superficies
y dimensiones de parcelas apropiadas para cada uso de suelo establecido con un
criterio amplio asegurando que los usos urbanos cuentan con superficies incentivos
para el englobamiento parcelario procurando la densificación y por el
contrario, los rurales cuentas con restricciones de superficies mínimas que
impidan densidades inapropiadas; b) Crear menú de formas de tenencia de suelos
que permitan el desarrollo inmobiliario a partir de productos que resuelvan
problemática social como los alquileres en propiedades fuera de norma y los
barrios populares. C) Promover la
digitalización del catastro municipal para agilizar su uso transparente y
efectivo en la gestión del desarrollo urbano.
12. 12. Diversificar
las actividades económicas generadoras de ingresos incentivando el desarrollo
de corredores comerciales y recorridos turísticos.
Directrices
Se plantean tres
directrices al respecto: a) Inclusión dentro del código de ordenamiento urbano
estímulos para actividades generadoras de ingresos como comercios barriales y
servicios turísticos estableciendo criterios de diseño, superficies y fachadas
que cuiden la imagen y calidad de tales espacios, b) Definir áreas de muestra y
difusión de las actividades productivas de Luján, especialmente en períodos de
visitas como procesiones. c) Establecer pautas de uso de los espacios públicos
a partir de actividades informales en zonas pre-definidas y contenidas con
acceso a servicios de baños públicos e higiene en general, evitando su
proliferación en general
13. Ordenar las
condiciones adecuadas del mercado inmobiliario para estimular la construcción
de vivienda asequible.
Directrices
D.13) Se prevé mejorar la
asequibilidad de la vivienda a partir de las siguientes acciones: a) Generación
de una oferta ampliada de suelo urbanizable que tienda a reducir el costo de
los terrenos en general; b) Zonificación que permita construir viviendas de
mayor densidad en zonas urbanas, c) Mejoramiento de barrios populares seguidos
de procesos de regularización de la tenencia del suelo de modo de dar certezas
a vecinos e inversores y d) Estimulo municipal a formas diversas de alquileres
y tenencias de propiedades financiadas con recursos públicos.
. 14. Integrar los
barrios populares a la estructura de la ciudad, atendiendo prioritariamente
aquellos con mayores riesgos socio-ambientales, previniendo la proliferación de
nuevos barrios.
Directrices
D.14) La propuesta de
directrices incluye: a) Definición de los polígonos de barrios populares
actualizando las superficies establecidas por el RENABAP, b) Definir aquellos
barrios pausibles de re-urbanizarse respecto a aquellos que enfrentan riesgos de
desastres y por ende trabajar una estrategia de mejoramiento que incluya la
posibilidad de apoyo a la relocalización consensuada, c) Establecer prioridades
de infraestructura que deben realizarse para la inclusión efectiva de tales
barrios, incluidas en la agenda de obras públicas municipal.
15. 15. Prevenir
riesgos de desastres devenidos de mal manejo de la cuenca hídrica generando
inundaciones, inadecuado manejo de residuos sólidos, etc. a través de políticas
preventivas con autoridades competentes a nivel municipal y provincial
Directrices
D.15) Se prevé tres acciones
concretas: a) Establecer dentro de la zonificación de protección ambiental
indicadores que prohíban cualquier tipo de construcción dado su nivel de
potencial afectación y pérdida, b) Establecer mecanismos de custodias de suelo
para evitar usos indebidos o apropiaciones que generen población en situación
de riesgo de desastres, c) Establecer en las zonas de ribera proyectos de
espacios públicos que sirvan de soporte a actividades comunitarias proyectadas
con una lógica de amortiguación de potenciales desastres.
16. Cuidar la estética urbana a través de pautas de diseño y construcción que respondan a criterios de uso y visuales que fundamentados en la historia sean comunes a los distintos territorios del municipio.
Directrices
D.16) Para lograr este
lineamiento se plantea: a) Establecer pautas de diseño y construcción en el
municipio que busquen ordenar los estilos arquitectónicos de modo de lograr una
armonización estética que cualifique los barrios, b) Utilizar dichas pautas en
toda obra que es financiada con recursos públicos, c) Establecer incentivos para
que los privados adopten tales pautas a través de diversos canales.
17.17. Involucrar a
la población en la actualización del Código de Planeamiento Urbano (COU) a
través del Consejo del Plan Urbano-Ambiental.
Directrices
D.17) Se propone: a) Crear
informes periódicos por parte de la municipalidad en la que se informe a la
población respecto a los avances o problemas encontrados en la implementación
del plan estratégico y su operacionalización a través del COU, b) Realización
de encuestas y entrevistas periódicas para medir la opinión pública en términos
de satisfacción en la implementación del plan estratégico. c) Crear mecanismos de incentivos a la población
para participar en el Consejo Urbano Ambiental en forma sistémica prestigiando
su funcionamiento.
18.18. Fortalecer
las capacidades municipales de aprobación, inspección y control de los procesos
de presentación de proyectos y construcción penalizando prácticas especulativas
de regularización de construcciones clandestinas
Directrices
D.18) Se establecen las siguientes directrices: a) Publicación de la información disponible sobre el COU y su actualización en medios digitales que cumplan con propósitos de transparencia, b) Ampliar y profesional el trabajo de los inspectores municipales para trabajar en forma coordinada con la población y los colegios profesionales previniendo construcciones ilegales, c) Establecer un registro de profesionales sancionados que permita prevenir practicas fraudulentas y abusivas. c) Revisar el sistema de multas de modo que responda efectivamente al principio de castigo de prácticas fraudulentas y evite posibles actos de corrupción a partir de la discrecionalidad en las decisiones técnicas resultado de la poca claridad de las normas.
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